Avala la SCJN que padre biológico deberá pagar pensión alimenticia.
- diarioentrelineas

- 8 ene
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Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establece que la obligación alimentaria deriva del vínculo biológico y no se extingue por el apoyo de terceros. El fallo revocó un amparo concedido a un padre que dejó de pagar pensión durante años.
El caso se originó en Guanajuato, donde el padre argumentó que el abuelo materno había registrado legalmente a la menor como su hija mediante la figura del reconocimiento solidario, por lo que él ya no estaba obligado a cubrir alimentos.
La Corte rechazó este razonamiento y conclusiones de que el reconocimiento por parte de un familiar constituye una red de apoyo, pero no sustituye ni cancela la responsabilidad principal del padre biológico.










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