Desde 1947 que se reconocieron los derechos político electorales de las mujeres en nuestro país, la lucha para su verdadero ejercicio ha sido compleja, esto derivado del papel que se le ha atribuido a la mujer en nuestra sociedad. El cual ha puesto a la mujer fuera de la vida pública, y más aún en los temas políticos, centrándola en el espacio familiar, el cuidado de la niñez, la casa, etc., provocando que su desarrollo y preparación fuera de ello sea casi nula, y en el caso de que lo pueda hacer, es decir, que pueda desarrollarse en temas profesionales suele tener como consecuencia ser mal vista y/o que le cuesta más trabajo y esfuerzo.
En este sentido, en el tema de las elecciones, la postulación pero sobre todo el acceso a los cargos públicos y de elección popular para las mujeres ha sido una cuestión compleja de alcanzar, pues aún quedan formas de pensar y estereotipos que hacen creer que las mujeres no son capaces de cumplir y ejercer dichos cargos. Sin embargo, a nivel constitucional desde la Reforma de Paridad en todo, las instituciones, los gobiernos, los partidos políticos y demás están obligados ha generar estrategias y políticas públicas para generar entornos que permitan llegar a dicha paridad. Por lo cual, en el estado de Hidalgo en el preámbulo del proceso electoral local, dónde se renovarán las Diputaciones y Ayuntamientos el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) en octubre del 2023, aprobó la Reglas de Postulación, en dónde a través de un análisis histórico y en conjunto con los Partidos Políticos se decidieron destinar 20 de los 84 municipios del estado, dónde solo podrían postularse mujeres por cualquier forma, es decir, por partidos políticos, coalición, candidatura común y/o independiente; sin embargo, dicho acuerdo fue impugnado por los mismos partidos políticos y algunas personas ciudadanas.
Esto con la finalidad de cumplir con el principio de paridad sustantiva, señalada en nuestra Constitución tanto nacional como estatal, la cual tiene que ver con la eliminación de obstáculos tanto sociales, políticos, culturales, etc., para lograr una igualdad entre mujeres y hombres en el ejercicio pleno de sus derechos político electorales, incluyendo el acceso a los cargos públicos y de elección popular, es decir, que las mujeres realmente puedan llegar de una manera adecuada a espacios de decisión pública.
Derivado de ello, a principios de este año 2024, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, resolvió que dicha determinación era adecuada, sin embargo su fundamentación no era idónea, por lo que, el resultado de los 20 municipios exclusivos no podía quedarse así, si no que, debía fundamentarse únicamente bajo el criterio histórico en dónde se determinara a partir de 1947, en cuales municipios de Hidalgo había gobernado una mujer y en cuáles no, esto solo a través de un proceso electoral, lo cual llevo al IEEH a realizar diversas investigaciones para determinar que de los 84 municipios, 27 se encuentran en este supuesto, es decir, nunca han sido gobernados por mujeres a través de un proceso electoral, por lo que, serán estos 27 los que en este proceso serán exclusivos para mujeres, cuando estos se postulen por medio de partidos políticos, en el caso de las candidaturas independientes, esta restricción no aplicará, intentando con ello garantizar que, el acceso de mujeres a los cargos de Presidencia en éstos municipios se logré para empezar a cumplir con dicha paridad sustantiva, que anteriormente a través de la metodología de bloques de votación, dónde se mandataba a los partidos políticos a no postular mujeres en municipios donde no se tuviera la oportunidad de ganar, se lograra.
Siendo estos municipios los siguientes: Atotonilco de Tula, Atotonilco el Grande, Calnali, Cardonal, Chapulhuacán, Chilcuautla, Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Francisco I. Madero, Huehuetla, Huichapan, Lolotla, Metztitlán, Nopala de Villagrán, Santiago de Anaya, Singuilucan, Tecozautla, Tenango de Doria, Tepeji del Río, Tepetitlán, Tezontepec de Aldama, Tlahuelilpan, Tlahuiltepa, Tlanalapa, Tulancingo de Bravo, Xochiatipan y Yahualica.
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